l Responsum de la Congregación para la Doctrina de la Fe es tajante a la pregunta: ¿La Iglesia dispone del poder para impartir la bendición a uniones de personas del mismo sexo? La respuesta: negativa. Así se lee en la nota explicativa a un dubiu sobre las bendiciones de las uniones de personas del mismo sexo publicada este lunes, 15 de marzo.
Así, el Papa Francisco no autoriza a bendecir a uniones de personas del mismo sexo. El cardenal Luís Ladaria, prefecto de la Congregación y el arzobispo Giacomo Morandi, Secretario de la CDF, explican que a esa decisión se llegó después de un atento análisis y de una audiencia privada con el Sucesor de Pedro, quien «ha dado su asentimiento a la publicación del ya mencionado Responsum ad dubium«.
Ladaria y Morandi confirman que «la Iglesia recuerda que Dios mismo no deja de bendecir a cada uno de sus hijos peregrinos en este mundo, porque para Él «somos más importantes que todos los pecados que nosotros podamos hacer».
Pero no bendice ni puede bendecir el pecado: bendice al hombre pecador, para que se reconozca como parte de su designio de amor y se deje cambiar por Él. Él, de hecho, «nos toma como somos, pero no nos deja nunca como somos».
«Por estos motivos, la Iglesia no dispone, ni puede disponer, del poder para bendecir uniones de personas del mismo sexo en el sentido anteriormente indicado», añade la nota.
En el marco del inicio del Año de la Familia Amoris Laetitia, instituido por el Papa, en cuyo texto se invita a un mayor celo pastoral en la atención de las familias con hijos homosexuales, desde la Santa Sede se insiste en «la acogida» y el «acompañamiento».
1. ILÍCITO IMPARTIR BENDICIÓN
“No es lícito impartir una bendición a relaciones, o a parejas incluso estables, que implican una praxis sexual fuera del matrimonio”. Así lo indica el dicasterio de la Santa Sede que tiene como su cometido promover y tutelar la doctrina sobre la fe y las costumbres en todo el orbe católico.
En la explicación se reitera la posición de la Iglesia sobre el matrimonio que es la “unión indisoluble de un hombre y una mujer abierta, por sí misma, a la transmisión de la vida”, algo que, argumenta la nota explicativa, no se verifica en el “caso de las uniones entre personas del mismo sexo”.
2. VINCULO ENTRE BENDICIÓN Y SACRAMENTOS
“La bendición de las uniones homosexuales no puede ser considerada lícita”. La CDF señala que las bendiciones sobre las personas están en relación con los sacramentos.
Por tanto, una bendición a uniones de personas del mismo sexo “sería en cierto modo una imitación o una analogía con la bendición nupcial, invocada sobre el hombre y la mujer que se unen en el sacramento del Matrimonio”.
A consecuencia de que en la Iglesia Católica “no existe ningún fundamento para asimilar o establecer analogías, ni siquiera remotas, entre las uniones homosexuales y el designio de Dios sobre el matrimonio y la familia”.
3. NO ES UNA DISCRIMINACIÓN
Asimismo, la CDF aclara que no conceder la bendición a uniones de personas del mismo sexo “no es por tanto, y no quiere ser, una discriminación injusta, sino reclamar la verdad del rito litúrgico y de cuanto corresponde profundamente a la esencia de los sacramentales, tal y como la Iglesia los entiende”.
4. ACOGER
Desde el Vaticano se invita a la comunidad cristiana y a los Pastores “a acoger con respeto y delicadeza a las personas con inclinaciones homosexuales”. Y se insiste: “sabrán encontrar las modalidades más adecuadas, coherentes con la enseñanza eclesial, para anunciarles el Evangelio en su plenitud”.
“Estas, al mismo tiempo, están llamadas a reconocer la cercanía sincera de la Iglesia – que reza por ellas, las acompaña, comparte su camino de fe cristiana[9] – y a acoger las enseñanzas con sincera disponibilidad”.
5. SÍ A BENDICIONES INDIVIDUALES
“La respuesta al dubium propuesto no excluye que se impartan bendiciones a las personas individuales con inclinaciones homosexuales, que manifiesten la voluntad de vivir en fidelidad a los designios revelados por Dios así como los propuestos por la enseñanza eclesial”.
La CDF, sin embargo “declara ilícita toda forma de bendición que tienda a reconocer” las uniones de personas del mismo sexo. “En este caso, de hecho, la bendición manifestaría no tanto la intención de confiar a la protección y a la ayuda de Dios algunas personas individuales, en el sentido anterior, sino de aprobar y fomentar una praxis de vida que no puede ser reconocida como objetivamente ordenada a los designios revelados por Dios”.
Fuente: Aleteia